27/2/2025
Reglamentos del PNPCC: ¿progreso o desafío en la implementación?
La Ley No. 14,758/2023, que establece la Política Nacional de Prevención y Control del Cáncer (PNPCC) en el Sistema Único de Salud (SUS), entró en vigor en junio de 2024. Su objetivo principal es reducir la incidencia del cáncer y garantizar el pleno acceso al tratamiento para los pacientes.
Para que el PNPCC se implementara de manera efectiva, era necesaria una regulación urgente, especialmente en aspectos fundamentales como los incentivos financieros, la integración entre el Gobierno Federal, los estados y los municipios, la definición de objetivos y la capacitación de profesionales de la salud. Tras siete meses de espera, el Ministerio de Salud publicó tres ordenanzas (las ordenanzas GM/MS núms. 6.590, 6.591 y 6.592) que regulan la política. Estas regulaciones crean la Red de Prevención y Control del Cáncer y establecen el Programa de navegación para personas diagnosticadas con cáncer en el SUS.
Las medidas fueron acordadas por el Comité Interinstitucional Tripartito (CIT), en alianza con el Ministerio de Salud, el Consejo Nacional de Secretarios de Salud (Conass) y el Consejo Nacional de Secretarios de Salud Municipales (Conasems). Entre los avances más importantes, se destacan los siguientes:
• Expansión de la telesalud para apoyar el diagnóstico y el tratamiento remotos;
• Acuerdo entre el Gobierno Federal, los estados y los municipios para la rendición de cuentas compartida;
• Reforzar la atención primaria de salud (APS) en la regulación de la atención;
• Incorporación de los cuidados paliativos en todos los niveles de atención;
• Garantía del diagnóstico del cáncer dentro de los plazos legales;
• Capacitación de equipos para la detección, el diagnóstico y el tratamiento efectivo;
• Reducción de viajes innecesarios y mayor adherencia al tratamiento.
• Desafíos y brechas en la regulación
A pesar del progreso que representan las ordenanzas, aún persisten las incertidumbres sobre la eficacia de la implementación del PNPCC en la práctica. Las regulaciones abordan algunas cuestiones de manera excesivamente amplia, sin detallar los mecanismos concretos para su aplicación, además de la ausencia de definiciones claras, como la financiación federal para reducir las disparidades regionales en el acceso a los servicios, un aspecto fundamental para garantizar la viabilidad de las acciones planificadas. Sin estas aclaraciones, la implementación de la política podría enfrentarse a obstáculos operativos y comprometer el acceso equitativo al tratamiento del cáncer en el SUS.
«Además, una cuarta ordenanza, aún en discusión, abordará la compra de medicamentos oncológicos. Este texto definirá las reglas de acceso a los medicamentos y establecerá el componente de la atención farmacéutica en oncología en el SUS.
Ante este panorama, aún existen dudas sobre si la normativa será suficiente para garantizar una atención eficaz del cáncer en el SUS. El PNPCC dependerá no solo de las directrices establecidas, sino también de una ejecución eficiente, con una financiación adecuada, la coordinación entre las entidades federales y un monitoreo continuo para que los avances se traduzcan en beneficios reales para los pacientes».
Colaboración: Dra. Jéssica Léda - Abogada